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Plazos para reclamar indemnización por despido en España: no pierdas tus derechos

Conoce los plazos exactos para reclamar indemnización por despido en Sant Cugat del Vallès. 20 días hábiles: no pierdas tus derechos laborales.

EEquipo de redacción jurídica de Inspecciontrabajo📅 05/06/2026🔄 05/06/2026⏱️ 4 min

Si has sido despedido en Sant Cugat del Vallès o cualquier localidad de España, conocer los plazos para reclamar indemnización por despido es fundamental para no perder tus derechos laborales. El Estatuto de los Trabajadores establece términos muy concretos que, una vez transcurridos, imposibilitan cualquier reclamación económica. La caducidad de estos plazos es una de las principales causas por las que muchos trabajadores pierden miles de euros en indemnizaciones que legalmente les corresponden.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar tras un despido?

El plazo de caducidad para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del cese, según el artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores. Este plazo es improrrogable y su incumplimiento supone la imposibilidad absoluta de reclamar judicialmente, independientemente de lo injusto que sea el despido.

Es crucial entender que se cuentan únicamente días hábiles, excluyendo sábados, domingos y festivos nacionales y locales. Por ejemplo, si te despiden un viernes 15 de marzo en Sant Cugat del Vallès, el plazo comenzará a contar el lunes siguiente, y deberás presentar la papeleta de conciliación antes de que transcurran esos 20 días hábiles.

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Consecuencias de no actuar a tiempo

Superar este plazo de 20 días hábiles conlleva que el despido se considere consentido, perdiendo el trabajador cualquier derecho a reclamar su improcedencia o nulidad. Esto significa renunciar a:

  • La indemnización por despido improcedente
  • Los salarios de tramitación
  • La posibilidad de readmisión en la empresa
  • Cualquier reclamación derivada de infracciones laborales relacionadas con el cese

Tipos de despido y su indemnización según el Estatuto de los Trabajadores

Despido procedente

Cuando existe causa justificada y se cumplen todos los requisitos formales. En este caso, no hay derecho a indemnización, salvo que se trate de un despido por causas objetivas correctamente tramitado (20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades).

Despido improcedente

Es el más común en la práctica. Se declara cuando no se acredita la causa alegada o existen defectos formales. La indemnización es de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades (para contratos posteriores a febrero de 2012).

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Ejemplo práctico: Un trabajador de Sant Cugat con un salario bruto de 2.000€/mes y 5 años de antigüedad recibiría: (2.000€ / 30 días) × 33 días × 5 años = 11.000€ de indemnización.

Despido nulo

Se produce por vulneración de derechos fundamentales, discriminación, durante el embarazo o maternidad/paternidad, entre otros supuestos del artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores. Conlleva la readmisión obligatoria y el abono de salarios de tramitación.

Cálculo exacto de la indemnización por despido

Para calcular correctamente tu indemnización debes considerar:

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  • Salario regulador: incluye salario base, complementos salariales, pagas extraordinarias prorrateadas y pluses consolidados
  • Antigüedad: se cuentan años completos y la fracción proporcional de meses trabajados
  • Tipo de contrato: los anteriores a febrero de 2012 tienen condiciones diferentes (45 días/año hasta esa fecha)

El cálculo debe realizarse dividiendo el salario mensual entre 30 días, multiplicando por los días que correspondan según el tipo de despido y por los años de servicio.

Proceso de reclamación: conciliación previa y juicio

Acto de conciliación (SMAC)

Antes de acudir al juzgado, es obligatorio presentar papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC). En Sant Cugat del Vallès, depende del SMAC de Barcelona.

Este trámite:

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  • Es gratuito y puede realizarse sin abogado
  • Interrumpe el plazo de caducidad
  • Permite llegar a un acuerdo extrajudicial
  • Se celebra normalmente entre 10-15 días desde la solicitud

Si hay acuerdo, se firma ante el secretario del SMAC y tiene efectos de cosa juzgada. Si no lo hay, se obtiene un certificado de intentos de conciliación sin efecto, necesario para presentar la demanda judicial.

Demanda judicial

Tras el intento de conciliación infructuoso, dispones de 5 días hábiles adicionales para presentar la demanda ante el Juzgado de lo Social. Es fundamental respetar este plazo para no incurrir en caducidad.

El procedimiento judicial incluye:

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  • Presentación de demanda
  • Señalamiento de juicio (normalmente en 1-3 meses)
  • Celebración del acto de juicio
  • Sentencia (en 5 días)

¿Cuándo es imprescindible contratar un abogado laboralista?

Aunque en conciliación no es obligatorio, se recomienda asesoramiento legal profesional cuando:

  • La cuantía de la indemnización supera los 6.000€
  • Existen circunstancias complejas (vulneración de derechos fundamentales, discriminación)
  • La empresa tiene departamento jurídico potente
  • Se plantea recurso de suplicación ante el TSJ

En juicio, aunque puedes ir sin abogado en reclamaciones inferiores a 2.000€, es altamente recomendable contar con representación letrada especializada en derecho laboral. Un abogado laboralista conoce la jurisprudencia aplicable, puede valorar correctamente tus posibilidades de éxito y negociar acuerdos ventajosos.

Los honorarios varían, pero suelen oscilar entre 600-1.500€ dependiendo de la complejidad del caso, siendo habitual el pacto de cuota litis (porcentaje sobre lo obtenido).

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Normativa laboral aplicable y recursos

La regulación principal se encuentra en:

  • Estatuto de los Trabajadores: artículos 53-56 (despidos), 59 (plazos de caducidad)
  • Ley Reguladora de la Jurisdicción Social: procedimiento judicial
  • Ley 36/2011: regulación del SMAC y conciliación

La Inspección de Trabajo (ITSS) puede actuar de oficio cuando detecta infracciones laborales relacionadas con despidos, levantando actas de infracción que pueden derivar en sanciones empresariales. Aunque la inspección de trabajo no resuelve el despido individual, sus informes pueden ser valiosos como prueba en juicio.

Casos prácticos en Sant Cugat del Vallès y Barcelona

Caso 1: Trabajadora despedida durante baja por maternidad. Se impugnó en plazo, el juzgado declaró la nulidad y fue readmitida con abono de salarios de tramitación (8 meses × 1.800€ = 14.400€).

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Caso 2: Empleado que dejó pasar 25 días hábiles antes de acudir al SMAC. A pesar de existir causa clara de improcedencia, perdió su derecho por caducidad.

Caso 3: Despido colectivo en empresa de Sant Cugat. La auditoría laboral posterior demostró incumplimientos en el período de consultas, beneficiando las reclamaciones individuales.

Preguntas frecuentes sobre plazos de reclamación por despido

¿Qué pasa si presento la papeleta de conciliación el día 21?

Habrás perdido tu derecho a reclamar por caducidad. El plazo de 20 días hábiles es improrrogable y fatal. Ni siquiera circunstancias excepcionales justifican su incumplimiento según jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo.

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¿Se puede reclamar la indemnización si firmé el finiquito?

Sí, firmar el finiquito no impide reclamar si lo haces dentro de plazo. Lo importante es hacer constar la disconformidad con el despido o añadir «no conforme» antes de firmar. En cualquier caso, dispones de tus 20 días hábiles.

¿Los 20 días son naturales o hábiles?

Son días hábiles, excluyendo sábados, domingos y festivos tanto nacionales como autonómicos y locales. En Sant Cugat del Vallès debes considerar también las fiestas locales específicas del municipio.

¿Puedo reclamar si la empresa ya pagó el finiquito?

Absolutamente. El finiquito incluye conceptos devengados (vacaciones, pagas), pero la indemnización por despido improcedente es independiente y solo se determina tras la declaración judicial o acuerdo en conciliación.

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¿Cuánto tarda en resolverse una reclamación por despido?

Desde la presentación en el SMAC hasta sentencia firme: 3-6 meses en primera instancia. Si hay recurso de suplicación ante el TSJ de Cataluña, puede alargarse 12-18 meses adicionales. De ahí la importancia de actuar rápidamente y buscar acuerdos en conciliación cuando sean razonables.

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